SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 13 DE MARZO DE 2019

04/12/2019

EL INTENTO DE ALCANZAR UN ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS SE HA DE OFRECER UN ESFUERZO ECONÓMICO.

El Tribunal Supremo de niega que exista el intento de alcanzar un acuerdo extrajudical de pagos cuando el deudor propuso una quita del 100% de los créditos, y por consecuencia el deudor no podía obtener el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho por la alternativa del ordinal 4º del art. 178 bis 3 LC, sin que previamente hubiera acreditado haber pagado el 25% del importe de los créditos concursales ordinarios.